Quien impida el paso de transportes será penado con prisión de 1 a 3 años y medio, mientras que quien organice la protesta de 2 a 5 años.
La Ley Ómnibus es el proyecto clave para el inicio del Gobierno de Javier Milei. El Presidente lo envió este miércoles por la tarde al Congreso y será tratado en las sesiones extraordinarias. El mismo, en la capítulo 1 del anexo Seguridad y Defensa, limita y criminaliza la protesta social y sindical.
La Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos modifica el artículo 194 del Código Penal: agrava penas existentes e incorpora nuevas.
“Todo aquel que impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de uno (1) a tres (3) años y seis (6) meses”.
Es más amplio: “Quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe”.
La Ley de Milei indica de la misma forma que quien “convoque a otras personas a participar de la reunión, coordine a personas para llevar a cabo la reunión, o provea cualquier tipo de medio material o logístico para la realización de la reunión”.
Por último, en el artículo 331 señala: «Entiéndase por ‘reunión’ o ‘manifestación’ a la congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público con el propósito del ejercicio de los derechos aludidos en la presente».

