Se oficializó la reforma aprobada en el Congreso. Volverán a pagar desde el mes que viene cerca de 800.000 trabajadores.
El Gobierno nacional reglamentó este lunes los cambios en el Impuesto a las Ganancias que fueron aprobados en el Congreso hace algunas semanas. Lo hizo mediante el Decreto 652/2024, publicado en el Boletín Oficial.
Alrededor de 800.000 empleados en relación de dependencia volverán a pagar el tributo. Para los solteros, el piso es de $1.800.000 de ingreso bruto mensual, mientras que para los casados con hijos, es de $2.200.000. Las alícuotas con ascendentes e irán del 5 al 35%.
Los puntos más importantes de la reglamentación de Ganancias:
- Se va a tener que incluir mensualmente la parte proporcional del aguinaldo y que será la AFIP la que establezca el mecanismo para su cálculo y cómo deberá ser aplicado por el agente de retención.
- Se reglamentó la actualización por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto con efecto a partir del 1 de enero y del 1 de julio de cada año.
- Para la actualización del 1 de enero se tomará la variación del IPC del semestre calendario inmediato anterior y para la actualización del 1 de julio, la variación del IPC del semestre calendario inmediato anterior.
- Lo retenido en exceso durante el primer semestre por la aplicación de las deducciones y escalas actualizadas en el segundo semestre, será devuelto en la liquidación final o anual según corresponda.
- Los restantes contribuyentes, incluido los autónomos, van a tener que considerar los montos de las deducciones y tramos actualizados el 1 de julio de cada año en su declaración jurada anual.
- Para la actualización del 1 de enero de 2025 se va a tomar la inflación de septiembre a diciembre 2024. Esto es porque en el paquete fiscal hay una actualización para 2024 excepcional que se realizará considerando la inflación de junio a agosto de 2024.
- Se cambió la denominación en el Decreto Reglamentación a “Impuesto a los Ingresos Personales – Trabajo en Relación de Dependencia y Otros” en línea con la Ley.
- Quedó reglamentada la deducción del 10% de alquileres de casa-habitación para propietarios e inquilinos, permitiendo a la AFIP requerir los contratos debidamente registrados con efecto para el Período Fiscal 2023 en adelante.
- Se definió el concepto de “personal de pozo” bajo la Ley N° 27.743, excluyendo al personal administrativo y directivo.

