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La edad mínima para portar armas bajó a los 18 años

El Gobierno lo definió mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial que lleva la firma de Javier Milei.

El Gobierno nacional decidió bajar la edad mínima para portar armas a los 18 años. Lo definió a través de la publicación de un decreto en el Boletín Oficial con la firma de Javier Milei. En el mismo modificó el artículo 55 de la ley 20.429 y dejó atrás la norma que establecía el mínimo en 21 años.

A partir de la mayoría de edad, desde ahora, es posible la “adquisición o transmisión por cualquier título, uso, tenencia y portación de armas de uso civil”.

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Además, del Presidente, firmaron la Resolución la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos. Marca: “Sustitúyese el inciso 1) del artículo 55 de la Reglamentación de la Ley N° 20.429 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto Nº 395 del 20 de febrero de 1975 y sus modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera”.

El artículo señala que para la portación de armas no se deben tener “anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante”, como así tampoco “antecedentes policiales o penales”. Sí, es un requisito obligatorio la acreditación de datos personales bajo dependencia policial.

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