El Gobierno lo definió mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial que lleva la firma de Javier Milei.
El Gobierno nacional decidió bajar la edad mínima para portar armas a los 18 años. Lo definió a través de la publicación de un decreto en el Boletín Oficial con la firma de Javier Milei. En el mismo modificó el artículo 55 de la ley 20.429 y dejó atrás la norma que establecía el mínimo en 21 años.
A partir de la mayoría de edad, desde ahora, es posible la “adquisición o transmisión por cualquier título, uso, tenencia y portación de armas de uso civil”.
Además, del Presidente, firmaron la Resolución la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos. Marca: “Sustitúyese el inciso 1) del artículo 55 de la Reglamentación de la Ley N° 20.429 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto Nº 395 del 20 de febrero de 1975 y sus modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera”.
El artículo señala que para la portación de armas no se deben tener “anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante”, como así tampoco “antecedentes policiales o penales”. Sí, es un requisito obligatorio la acreditación de datos personales bajo dependencia policial.

