Se trata de una de las flexibilizaciones por la baja en los contagios. Hasta ahora, cualquier persona que salga del país debía quedarse 10 días en cuarentena al momento del regreso.
La baja en los casos de las últimas semanas le da un poco de aire al Gobierno para flexibilizar de a poco las medidas sanitarias. En este caso, mediante la decisión administrativa 846/2021, que se publicó esta madrugada en el Boletín Oficial, se confirmó que las personas que tengas las dos vacunas y viajen al exterior por trabajo, no deberán cumplir con el aislamiento al momento del regreso.
Quienes tengan la intención de continuar con sus actividades apenas retornen, además del esquema de vacunación completo, deberán presentar una prueba PCR realizada en las 72 horas previas al viaje, test de antígenos en Ezeiza y otras dos pruebas PCR a los 5 y a los 10 días computados desde el primer testeo, cuyos resultados deberán ser negativos.
Asimismo, tendrán que completar una declaración jurada en la cual conste: “El motivo laboral y/o comercial del viaje de que se trate y los datos del empleador, contraparte comercial o referente de la actividad comercial y/o laboral en cuestión, adjuntando la certificación y/o la documentación respaldatoria pertinentes. Dicha documentación deberá ser conservada por el ingresante al país, para su exhibición a requerimiento de la autoridad competente”.

